Renombrar la «Ley de garantías…»: una buena sugerencia

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En ocasiones los legisladores y los equipos ministeriales tratan de poner nombres de impacto en las leyes, con objeto de dotarlas de cierto gancho. Cuando se trata de identificar con el nombre el objeto de la nueva norma (lo normal y recomendable) resulta de ayuda. Una posible «ley de Energia» dice simple y llanamente de lo que trata, por ejemplo.

En materia sanitaria, las leyes y nuevas regulaciones siguen la norma práctica descrita, pero ha habido excepciones. Una de ellas está ahora en el periodo de alegaciones, como es el anteproyecto de Ley de modificación del RD 1/2015 de 24 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la «Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios».

Como muy bien recomienda Jordi Faus y su equipo de expertos, el nombre de la citada Ley sería conveniente revisarlo por otro que indique lo que es.

Un nombre de una parte

Se trata de decir de qué trata la Ley y no de proporcionar algunos de los beneficios que puede favorecer la misma, como un uso racional o las obvias garantías. No se puede nombrar una parte para referirse al todo. Y no es apropiado olvidarse de lo importante en esta norma legislativa que aborda los medicamentos y los productos sanitarios.

Enfoque jurídico

Es obvio que resulta claro desde el punto de vista jurídico llamarlo como lo que es: una ley del medicamento. Así está en los países de nuestro entorno, y no deberíamos poner nombres que no se ajusten al contenido, o que lo hagan parcialmente. Es el caso de la referencia a las garantias o al uso racional, muy en boga éste último en los años 2000.

La realidad es que el «uso racional» nunca ha estado mas presente que ahora por parte de la farmacia y los prescriptores médicos. Los profesionales sanitarios realizan una prescripción racional, pensando en el ahorro y en el paciente.

Claridad y futuro

La sugerencia de renombrar la Ley en cuestión, aportando más claridad y precisión con el nombre a su contenido es un buen comienzo para las alegaciones. Espero que más alegaciones se hagan eco de este aspecto para mayor claridad de la misma.

La necesaria actualización normativa debería durar algo más de un lustro, hasta 2030 al menos. Por eso, también es buen momento de que su contenido tenga el mayor de los apoyos posibles, tanto en el sector como en el arco parlamentario.

De lo contrario, el texto correrá paralelo al actual equilibrio de fuerzas parlamentarias, cambiando con el devenir de los partidos y Gobiernos, y sería una pena que un acuerdo entre Gobierno y oposición no cristalizara en el caso de los medicamentos. Si es eso posible.