Ley de Salud Pública de Euskadi, herramienta de futuro, por Gotzone Sagardui

Por Gotzone Sagardui, consejera de Salud del País Vasco

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Este año 2023, que acabamos de concluir, se ha cerrado con la aprobación por el Parlamento Vasco de la Ley de Salud Pública, todo un hito en la configuración y fortalecimiento del sistema de promoción de la salud y de prevención de la enfermedad cuando se cumplen, además cuatro décadas, de la creación del servicio de atención sanitaria de Euskadi: Osakidetza.

Porque la salud pública es un área de trabajo imprescindible para profundizar aún más en la garantía de la salud como derecho humano y de la equidad como indicador de la justicia social.

 Precisamente, la nueva ley vasca nos permite contar con una herramienta más eficaz para contribuir a la salud de todas y cada una de las personas. Para avanzar, como dice la Organización Mundial de la Salud, “en el pleno bienestar físico, mental y social”. Para poder dar una respuesta adecuada a las necesidades existentes y a las necesidades y problemas que puedan surgir en el futuro, como las relacionadas por ejemplo con el cambio climático. El objetivo, en definitiva, es abordar de forma eficaz y compartida los diferentes determinantes de la salud. Y nada de ello sería posible sin dotarnos, como lo hemos hecho, de un marco legal específico que complementa la normativa que hasta ahora hemos mantenido en materia de salud.

De ahí que el enfoque de “Salud en Todas las Políticas”, que inspira la acción del Gobierno Vasco y del Departamento de Salud que me honro en dirigir, esté muy presente en esta ley, al entender que la protección y la promoción de la salud no corresponden únicamente al Departamento de Salud o al Servicio Vasco de Salud-Osakidetza, sino a todos los poderes públicos. Porque actuaciones en ámbitos como el urbanismo, el medio ambiente, la educación, las políticas sociales, el deporte, la agricultura, la ganadería o la industria, revisten una importancia capital por su capacidad de incidir en la salud de las personas.

“Actuaciones en ámbitos como el urbanismo, el medio ambiente, la educación, el deporte o la industria, revisten una importancia capital por su capacidad de incidir en la salud de las personas”

Teniendo en cuenta todos estos aspectos, al inicio de la presente legislatura del Gobierno presidido por el Lehendakari Iñigo Urkullu, nos comprometimos con la aprobación de esta ley, desde el convencimiento de que servirá para reforzar y consolidar nuestro sistema de salud público, sacudido, como en el resto del mundo, por el terrible impacto de la pandemia de la COVID-19. 

De hecho, la ley configura explícitamente el Sistema de Salud Pública de Euskadi como una red articulada, coordinada con el sistema sanitario y las administraciones públicas, con el propósito de consolidar y optimizar la colaboración entre todos los agentes que actúan en salud pública.

En ese sentido, la nueva norma pretende ofrecer un conjunto de servicios de carácter integral, orientados a que la población alcance y mantenga el mayor nivel de salud posible. Para ello, define derechos y deberes de la ciudadanía que constituyen un complemento y un avance respecto a la normativa hasta ahora vigente, y fomenta la responsabilidad, la capacitación y la participación de las personas y las comunidades en el ámbito de la prevención y la protección de la salud.

Del mismo modo, la ley subraya la importancia de los profesionales de salud pública, sentando las bases para la planificación en materia de salud, con el Plan de Salud de Euskadi como y marco de referencia de las actuaciones.

Por otra parte, se crea el Instituto Vasco de Salud Pública, como organismo autónomo administrativo competente en materia de salud, además de dos órganos de participación: la Comisión Interinstitucional de Salud Pública y el Consejo Vasco de Salud Pública, donde estará representada la sociedad civil.  Paralelamente, se configura el Sistema de Información en Salud Pública de Euskadi.

Con esa estructura, el Sistema de Salud Pública de Euskadi que emana de esta ley abordará una serie de funciones y actuaciones principales, entre las que destacaría:

•            La vigilancia de la salud y del bienestar de la población, a través sobre todo de la Red de Vigilancia de la Salud Pública.

•            La prevención de los problemas de salud; también, y de modo específico, de las adicciones.

•            La promoción de la salud, tanto orientada a los determinantes sociales como a las conductas saludables individuales.

•            La protección de la salud, incluyendo la seguridad alimentaria y la salud ambiental.

•            La protección de la salud poblacional, no sólo en circunstancias de normalidad, sino también, y de forma detallada, en caso de emergencias sanitarias, en base a la experiencia adquirida en tiempo de pandemia.

•            La salud en el entorno escolar.

•            La salud laboral.

•            El laboratorio de salud pública de Euskadi.

•            Información y difusión de conocimiento, así como formación, investigación e innovación en salud pública.

•            El ejercicio de la autoridad sanitaria, incluyendo el control sanitario, la intervención administrativa, infracciones y sanciones.

En otras palabras: proteger y promover la salud de la ciudadanía vasca como bien público de interés superior, garantizando los derechos de las personas en materia de salud, igualdad de oportunidades y equidad. Porque ése, y no otro, es el objetivo de la primera Ley de Salud Pública de Euskadi.