En la práctica actual del sistema de precios de referencia (SPR), el precio relevante hace ya tiempo que ha pasado a ser el precio menor o el precio de venta al público (PVP) más bajo a causa de las normas de sustitución obligatoria a la hora de la dispensación en la farmacia. A diferencia de la mayoría de países que utilizan un SPR para los genéricos, en España se impide que el paciente pague la diferencia de PVP en caso de preferir una presentación de precio superior. Además de reducir la capacidad de elección, el resultado es que a fin de permanecer en la financiación pública la mayoría de laboratorios bajan el precio hasta el precio menor y así desaparece la ventaja de este. En esta situación puede resultar más favorable al laboratorio competir ofreciendo ventajas sobre el precio industrial a las farmacias que continuar reduciendo el PVP.
La reforma iniciada con el Real-Decreto ley 16/2012 va más allá de seguir regulando el precio de los genéricos. La obligación de que una reducción de precio sea como mínimo del 10 por ciento del precio industrial para ser aprobada puede suponer mucho o poco según la distancia que exista entre el precio y el coste marginal de producción. Carece no sólo de fundamento sino que puede ser contraproducente. De nuevo, esta regulación parece alejada del fomento de la competencia. Asimismo, la discriminación a la marca cuando ésta tiene el mismo precio que el genérico carece de justificación económica y sanitaria, limita la capacidad de elección del paciente y del médico y distorsiona y falsea la competencia.
Debería haber llegado el momento de revisar a fondo, y no solo en los detalles, el sistema de precios de los medicamentos para los que ha finalizado el período de exclusividad. El sistema actual ha construido un entramado de precios, autorizados, de referencia, menores o más bajos y, ahora, los seleccionados, cada vez más complejo y menos comprensible, que podría estar teniendo efectos indeseados. Una reforma deseable debería tender a dotar al sistema de una mayor sencillez y contribuir de forma más efectiva a estimular la competencia en precios. La desregulación del precio cuando existen competidores genéricos, acompañada de la sustitución obligatoria en la farmacia, y con la posibilidad de que el paciente pague de su bolsillo la diferencia si prefiere uno de precio superior podría ser una alternativa eficiente.
Ante indicios de que hay submercados sin la suficiente competencia, resultaría indicado realizar subastas competitivas como hacen ya varios países europeos. Los precios seleccionados podrían utilizarse para este fin si se diseñan de forma adecuada. La prohibición de competencia de precios en las farmacias también podría relajarse. Ello iría en favor del paciente a través de ofertas de reducción del copago a cambio de fidelidad en la compra.