El RDL 16/2012 modificó al artículo 90 de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos, abriendo la posibilidad a que, a petición del laboratorio, una presentación farmacéutica tenga un precio cuando resulta financiado con cargo al SNS y otro, más caro, cuando esta misma sea dispensada sin financiación pública. Desde que conocimos el nuevo texto, hemos visto enormes dificultades para poder aplicar este doble precio.
Explicaré una situación que se dará con muchísima frecuencia. Una farmacia adquiere varios envases de una presentación afectada por el doble precio a un mayorista, y otros pocos a otro. Una mañana dispensa un envase con cargo a fondos públicos y otro a través de receta privada. ¿Cómo se puede saber a qué mayorista le correspondería un margen sobre el precio intervenido y otro sobre el que ha notificado el laboratorio? No se puede.
Por otra parte, la Ley 10/2013, que se publicó en julio, obliga a laboratorios, almacenes mayoristas y farmacias (a través de la organización colegial) a aportar la información necesaria para “hacer efectivo el reembolso debido por las oficinas de farmacia a laboratorios farmacéuticos y almacenes mayorista”. Es decir, se plantea que los agentes deben aportar la información necesaria para que la farmacia reembolse los importes debidos por dispensaciones fuera del SNS. Esto implica que la farmacia adquirirá la presentación afectadas por este doble precio a precio intervenido, o barato, y tendrá que compensar a laboratorios y almacenes por aquellas que haya dispensado fuera del sistema, más caras.
Así pues, la ley establece que los agentes deberán participar en un sistema de información y que la farmacia, de antemano, adquiere los medicamentos a precio intervenido. Está claro por tanto, que los mayoristas, que tiene que suministrar a las farmacias a precio intervenido, adquirirán los productos de los laboratorios a precio intervenido también.
Partiendo de aquí, creo que los representantes de los tres agentes, farmacias, laboratorios y mayoristas, debemos hacer un esfuerzo por buscar un procedimiento ágil, seguro y sencillo y aportarlo como solución al ministerio, para que sea recogido en un desarrollo reglamentario, tal y como dice la ley. Fedifar está comprometida a colaborar, sabiendo que el problema de no poder identificar al mayorista no tiene, por ahora, solución.