Albert Esteve es vicepresidente de Esteve
El año 2009 se ha caracterizado por ser un año de cambios en el entorno legislativo en el área OTC o de productos de autocuidado de la salud. Han aparecido nuevas normativas que nos acercan a la homogeneización con el resto de Europa y que han supuesto un avance en el proceso de solicitud de autorización de nuevos medicamentos sin prescripción y susceptibles de hacer publicidad al público general, aunque entendemos que todavía queda un largo camino por recorrer en distintos aspectos.
El entorno legal actual, a pesar de las mejoras aplicadas, sigue limitando el desarrollo del mercado OTC y, en consecuencia la adecuación a la realidad de la sociedad española en el uso de estos productos, su posible repercusión en el ahorro que supondría para el sistema público de salud, en el capítulo de gasto farmacéutico. Los cambios que entendemos son más necesarios en el ámbito OTC son los relacionados con el desarrollo de las marcas de gama, una mayor flexibilidad en la publicidad de estos productos y una mayor facilidad para hacer el paso (switch) de productos de prescripción a productos OTC.
Estos tres aspectos mencionados son especialmente importantes para el adecuado desarrollo de este sector y son aspectos en los que España está bastante lejos de la media europea, entorno con el que lógicamente nos comparamos al entender que debemos tender a una convergencia en el marco de la UE. Al contrario de lo que sucede en la mayoría de países de nuestro entorno, donde las marcas de gama de los productos de autocuidado de la salud son una realidad, en España se sigue dificultando a su autorización. Esto sucede tanto dentro del mismo status regulatorio como, muy especialmente, en el caso de productos en distintos status, con y sin receta. En cualquier caso debería garantizarse la no confusión en el uso de las marcas de gama.
En el campo de la publicidad también precisamos de cambios legislativos que nos den un marco de actuación más amplio y flexible en el estricto contenido de la comunicación y los canales a utilizar. Debemos adaptar nuestra legislación a los avances tecnológicos y a las tendencias de comunicación on line, en los que la gestión de contenidos ya no recae sólo en el propietario del producto sino en el internauta. La inmediatez que estos nuevos canales requieren está reñida con los largos procesos de solicitud y autorización previa de toda la publicidad.
El tercer aspecto en el que deberíamos evolucionar es en el de la autorización de nuevos productos sin receta susceptibles de hacer publicidad, ya sea de nuevas autorizaciones o switch de productos de prescripción. En este aspecto es importante conseguir un aumento en el número de productos publicitarios, así como una mayor agilidad en los plazos en los que se consiguen estas autorizaciones.