Estos documentos no tienen validez de receta oficial, por lo que puede sancionarse una dispensación
Los boticarios denuncian estar “entre la espada y la pared” al tener la obligación moral de atender casos urgentes
alberto cornejo
Madrid
Dispensar un medicamento en base a lo estipulado en un informe de los servicios de urgencia o invitar al paciente a acudir primero a su médico de familia para que le haga la correspondiente receta oficial con la que amparar la dispensación. O, lo que es lo mismo, cumplir con la legalidad o quebrantar la ley y atender una situación de urgencia como son estos casos. Ésta es la disyuntiva que deben plantearse en numerosos ocasiones los farmacéuticos nacionales, de manera especial en los turnos de guardia o las farmacias 24 horas, cuando se presenta en ellas un paciente que ha sido atendido en un servicio de urgencias.
“En términos legales, ese informe no tiene validez de receta oficial, por lo que deberíamos negar la dispensación de los tratamientos que en él se indiquen. Sin embargo, por otro lado, como profesionales sanitarios tenemos la responsabilidad y obligación moral de atender las situaciones de urgencia de los pacientes, más aún si debe administrarse el tratamiento con rapidez”, indica al respecto Manuel Pérez, presidente del COF de Sevilla.
Esta institución ha hecho saber a su Consejería de Salud, junto a otros colegios andaluces, su malestar por esta contradicción.
En opinión del presidente de los farmacéuticos sevillanos, dichas situaciones “excepcionales” no serían objeto de debate si no fuese porque “no son pocas las ocasiones que nuestros profesionales son multados por los inspectores de los servicios sanitarios de la Junta de Andalucía por actuar así”. También se han dado casos, recuerda este presidente colegial, en los que ha sido el propio paciente quien ha pesentado una reclamación por una presunta reacción adversa del fármaco. “Estamos indefensos, nos ponen entre la espada y la pared, y eso que la solución es fácil y factible: que los usuarios de los servicios de urgencia puedan salir de ellos con sus respectivas recetas oficiales”, plantea Pérez.
Los médicos, a favor
El colectivo médico de los servicios de urgencia parece solidarizarse con sus compañeros farmacéuticos al considerar que sí debe efectuarse la dispensación, o al menos, si lo que se pone en duda es la seguridad o buen uso de la misma. “Cuando nosotros realizamos una prescripción lo hacemos al considerarlo necesario. Y, además, también por escrito”, indica el presidente de la Sociedad Española de Medicina de Urgencia y Emergencias, Tomás Toranzo.
A este respecto, Toranzo se muestra partidario de que el paciente salga con una receta de estos servicios. “Creo que sería muy bueno tanto para normalizar la situación como incluso para que el paciente pueda beneficiarse de sus derechos en la Seguridad Social”, afirma.
En el horizonte se vislumbra una opción. El director general de Farmacia de Sanidad, Alfonso Jiménez, indicó que antes de publicar el Real Decreto de Receta Médica haría una última ronda de consultas a las partes implicadas aunque, de momento, el borrador no habla de ello. “En 2003 ya planteamos qué puntos debería tocar una normativa al respecto, y la unificación de la receta privada y las recetas de urgencias ya estaban entre las consideraciones”, dice Pérez. ¿Otra? La apuntada por el Consejo General y que fue recogida en el Senado por el Grupo Mixto: la dispensación en determinados casos sin necesidad de una receta.