“No nos podemos permitir decisiones de la Comisión de Precios que generen impacto, por lo que nos vemos obligados a combinarlas con la revisión del precio de medicamentos previamente autorizados”. Así de clara y de rotunda se mostró la consejera técnica de la subdirección general de Calidad de los Medicamentos y los Productos Sanitarios, Mercedes Martínez, durante el XIII Curso de Derecho Farmacéutico organizado por CEFI, que contó con una mesa específica para abordar las cuestiones relacionadas con la financiación de fármacos.
Admitido esto, Martínez recordó, pese a las quejas de las compañías que las sufren, que las revisiones del precio de medicamentos bajo patente están amparadas por la ley. Concretamente, hizo referencia al artículo 91 de la Ley 29/2006 de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y los Productos Sanitarios. Este artículo, en sus apartados 1 y 2, contempla la posibilidad de la revisión de oficio, o a instancia de parte, en aquellos casos en los que se produzca un cambio en las circunstancias económicas, técnicas y sanitarias, o en su valoración terapéutica.
En su opinión, las revisiones ofrecen así una vía para complementar los ahorros que se consiguen mediante los precios de referencia, que al parecer no son suficientes.
Además, es probable que esta herramienta se enfrente a algunos problemas en el caso de los biológicos y los biosimilares. De entrada, porque la industria ofrece un rechazo frontal a la creación de conjuntos con productos que, dicen, “son similares, pero no iguales”.
Sobre este particular, cabe destacar la intervención de Juan Rodríguez Cárcamo, abogado socio de Pérez-Llorca, que señaló el camino a las compañías para litigar en los casos en los que se vean agraviadas. Para ello, hizo referencia a la casuística y la jurisprudencia que se viene produciendo en el contexto europeo, en el que rige el principio de la libre circulación de mercancías y se obliga a los Estados a motivar sus decisiones cuando intervienen sobre los precios. “El medicamento, más allá de otras interpretaciones, es una mercancía, por lo que estos principios aplicarían también en estos casos”, señaló.
Modelo de financiación
Junto a estas cuestiones, la consejera técnica dio algunas claves de las nuevas tendencias en la asignación de precio y financiación de los nuevos fármacos. Y, en este sentido, destacó a España como uno de los países en los que, más allá de las cuestiones meramente económicas, “se está teniendo muy en cuenta el valor terapéutico y social de la innovación”. “Esto no quiere decir que no tengamos en cuenta el coste-efectividad, aunque no es el principal detonante de las decisiones”, añadió.
Por otro lado, Martínez hizo mención a la dificultad para acompañar la decisión de una buena información sobre los costes de producción e I+D en que incurren las empresas, a las que parecía pedir una mayor transparencia.
Finalmente, reconoció que suele haber distancia entre las pretensiones de las compañías y la decisión final. Así, reconoció una diferencia media del 19 por ciento entre el precio solicitado y el concedido en 2013, año en el que el desfase máximo fue del 53 por ciento.