Los primeros días de libre acceso al fármaco transcurrieron sin que las boticas tuviesen aún los folletos informativos a entregar junto a la venta
Para no “chocar” con el elaborado por el CGCOF, el protocolo catalán pasa a denominarse “recomendaciones” y matiza las opciones de objetar
alberto cornejo
Madrid
Los primeros días tras la entrada en vigor de la libre adquisición de la píldora del día después (PDD), un hecho que entró en vigor el pasado 28 de septiembre, serán recordados en las oficinas de farmacia por la “insignificante transcendencia” que esta medida ha tenido acerca de una mayor demanda de este fármaco de urgencia a través de las boticas. Así lo señalaron varios colegios oficiales de farmacéuticos consultados por EG, que también precisaron que, durante la primera semana, no han podido disponer de los folletos informativos que previamente había elaborado Sanidad y que “necesariamente”, según este departamento, debían entregarse a las usuarias con cada dispensación.
La ausencia de este material informativo en las farmacias fue justificada inicialmente por Sanidad en la validez de los envases de la PDD con su anterior estatus: “sujeto a prescripción médica”. Es decir, “los folletos los recibirán a través de sus distribuidoras cuando hagan nuevos pedidos de este fármaco, ya con los envases adaptados a su nueva consideración”, argumentaron desde el departamento que dirige Trinidad Jiménez.
¿Qué ocurre entonces con aquellos locales en los que haya todavía bastantes unidades con el antiguo envase? Si se tiene en cuenta que “la media de ventas de este fármaco se sitúa en torno a las cinco dispensaciones por botica y año”, según indican desde el COF de Barcelona, puede hacer que muchos locales vean pasar los meses sin poder contar con ellos.
Por ello, a finales de semana, desde Sanidad se optó por lanzar un mensaje de tranquilidad al asegurar que, “de una u otra forma, todas las farmacias irán recibiendo progresivamente los folletos”. Sin embargo, esta explicación no convence a todo el mundo. Así, Manuel Arenas, presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Farmacéuticos (Cacof), indicó que este cambio de plan “es una nueva muestra de precipitación y del poco control que tiene de este tema el Ministerio”.
Soluciones “particulares”
A priori, todo estaba previsto para que aquellas mujeres que adquiriesen la PDD desde el 28 de septiembre se llevasen consigo tres folletos elaborados por Sanidad: uno referente a las características de la PDD, otro sobre prevención de enfermedades de transmisión sexual y un último que informa sobre métodos anticonceptivos de uso regular. Unos folletos que incluso en algunas autonomías se completaban con un cuarto díptico elaborado por sus consejerías de Salud en los que, por regla general, “se informa de la ubicación y horarios de los centros de planificación familiar regionales”, tal y como afirmó Jaime Carbonell, presidente del COF de Alicante, órgano que, junto a los colegios de Valencia y Castellón, pondrán a disposición del colegiado uno de estos folletos “extra”.
Sin embargo, la no disponibilidad de este material informativo propició que fuesen los farmacéuticos quienes, una vez más, tuviesen que dar un paso adelante para contrarrestar este imprevisto. Así, la mayoría de los que recibieron una demanda de la PDD optaron por informar de forma oral de las recomendaciones y efectos secundarios que aludían estos trípticos, un contenido del que ya eran conocedores al estar disponibles en las webs de Sanidad y del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos. Esta accesibilidad on line provocó que otros compañeros se decantasen por imprimir este material desde el ordenador de su local y poder entregárselo así a la paciente.
Por contra, también hubo otras medidas más conservadoras ante la solicitud de este fármaco anticonceptivo. Fue el caso de aquellos que remitieron al paciente a acudir, como debía hacer hasta ahora, a un centro de planificación familiar en el que poder recibir tanto la píldora como la información adicional que no podían entregarle en ese momento en la botica. “A las farmacias nos obligan a entregar estos folletos con cada dispensación. Si no los tengo, no la dispenso aún sin receta”, indicó en esos días de incertidumbre una boticaria madrileña.
Cambios en los protocolos
Por otra parte, los diversos protocolos de dispensación con los que pueden trabajar las farmacias (ver EG núm. 444) todavía dan que hablar, especialmente una vez se ha conocido el que será de aplicación nacional, elaborado por el Consejo General. Su salida a la luz ha tenido efectos colaterales en otros documentos ya vigentes, como es el caso del que disponían las farmacias catalanas, articulado por su consejería de Salud: ha sido modificado en última instancia “para alinearlo al contenido del protocolo ministerial”, dicen desde el COF de Barcelona.
El cambio más sustancial radica en la propia denominación que se le atribuye al nuevo documento. Así, ya no se valora como “protocolo”, una denominación con la que sólo puede referirse al texto nacional, sino que ahora sólo se habla de “recomendaciones”.
Respecto a su articulado, las principales modificaciones buscan “suavizar” la posibilidad de acogerse al derecho a objetar para negar la dispensación de la PDD, un derecho que desde Sanidad creen “incompatible” con el espíritu de la nueva medida: garantizar el libre acceso universal al fármaco. Si bien en el nuevo texto se hace todavía alusión a la “libertad ideológica” del profesional a la hora de actuar, ya no se establece la objeción de conciencia como un derecho posible de ejecutar en todas las situaciones. Por ejemplo, el farmacéutico estará obligado a facilitar la PDD contra su voluntad en aquellos casos en los que “esté próximo el límite de 72 horas transcurridas desde la relación”.
El nuevo documento catalán mantiene la necesidad de que el boticario valore si las usuarias de entre 13 y 16 años “tienen la madurez suficiente” para la toma del fármaco y, si no atisba dicha madurez, dar conocimiento a sus padres o tutores con vistas a lograr su consentimiento. Pero bien, el texto indica ahora que si dicho consentimiento no se puede obtener con rapidez y puede jugar en contra del límite de 72 horas para su ingesta, el boticario “deberá tomar las medidas necesarias” en beneficio de la toma dentro del plazo. Otra invitación a la dispensación inexcusable.
Por otro lado, otras regiones, como Baleares, anunciaron su intención de ofrecer también a sus boticarios un documento autonómico de recomendaciones a semejanza del caso catalán. En este sentido, la Consejería de Salud balear también esquivará las trabas legales al tildar este futuro texto como “decálogo de instrucciones”, y no como un protocolo en sí mismo.