o. maspons Barcelona | viernes, 17 de enero de 2014 h |

Los farmacéuticos catalanes ya saben que si quieren reclamar los intereses de demora generados por el retraso en el pago por parte de la Generalitat de las facturas correspondientes a los últimos cinco meses de 2011 y de enero a octubre de 2012 (casi 12,5 millones de euros) deberán acudir a los tribunales. Y es que, el pasado 27 de diciembre, el consejero de Salud catalán, Boi Ruiz, firmó una resolución en la que, si bien reconocía la legitimación del Consejo Catalán de Colegios de Farmacéuticos y de los titulares de las oficinas de farmacia para reclamar estos intereses, se denegó atender la reclamación del los mismos. Y es que, desde la consejería se cuestionó en esa resolución la aplicación de la Ley de Morosidad y el plazo a partir del cual comienzan a devengar intereses.

De este modo, y una vez agotada la vía administrativa, los farmacéuticos catalanes presentarán un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para reclamar unos intereses que consideran que sería “legítimo” que les fuesen abonados. Una vía que, una vez que en la resolución del consejero se reconoce la legitimación de los farmacéuticos para realizar la reclamación, permitirá que el tribunal únicamente tenga que abordar el fondo de la misma.

A vueltas con plazos y porcentajes

Respecto al fondo de la cuestión, la consejería mostró su desacuerdo con los reclamantes al argumentar que el concierto firmado entre ambas partes se remonta a 1995, es decir, es anterior a la entrada en vigor en 2004 de la Ley de Medidas de Lucha Contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales. ¿Qué significaría estos según la consejería? Que esta normativa no le es de aplicación y que, en ningún caso, correspondería aplicar en este caso el plazo de mora ni los intereses que establece esta norma (los farmacéuticos reclaman desde la fecha de pago un interés de 8 puntos, tal y como se introdujo en la ley el 24 de febrero de 2012 a través del RDL 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo).

¿Qué ley considera la consejería que se debe aplicar en esta disputa? Según la resolución, para la Generalitat sería la Ley de Contratos del Estado de 1965, que establece que la demora solamente se produce una vez que transcurren tres meses desde que las administraciones están obligadas a abonar las facturas, algo que en el caso del retraso en el pago a los farmacéuticos no se habría dado. A este respecto, la consejería también incide que en caso de haberse producido esta demora el interés a abonar sería el que publica anualmente la Ley General Presupuestaria (en este caso el 4 por ciento), nunca el moratorio.

Estas consideraciones de la consejería no son compartidas por los boticarios, que defienden, y así lo harán constar en el recurso que presenten. Así, insisten en que se debe aplicar la Ley de Morosidad y no la Ley de Contratos del Estado de 1965 sobre la que, además, inciden en señalar que los tres meses de demora previstos en la misma no serían de aplicación en este caso ya que este plazo únicamente se aplicaba cuando no existía una fecha específica de pago, algo que sí se da en el caso de los farmacéuticos: el día 5 de cada mes.

Del mismo modo, junto a la reclamación de los intereses de demora (un 8 por ciento) y los gastos de cobro estos intereses (honorarios y gastos financieros), algo que también fue denegado por la Generalitat, los farmacéuticos tienen la intención de reclamar de forma subsidiaria los intereses legales publicados en la Ley General Presupuestaria.

Previsión de pagos

Con este escenario, los representantes de los boticarios catalanes mantuvieron el 14 de enero una reunión con el director general de Política Financiera de la Generalitat, Jordi Òliva, y el subdirector general de este departamento, Carlos Cacho, en la que se abordaron los planes de pago de cara a las próximas facturas, sobre todo una vez que el consejero de Economía de la Generalitat, Andreu Mas-Colell, anunció que la llegada de parte del Fondo de Liquidez Autonómico (FLA) pedido por Cataluña se retrasaría.

Los boticarios (los presidentes de los cuatro colegios oficiales de farmacéuticos catalanes y el de la patronal Fefac, Antonio Torres) salieron de la reunión con el compromiso de que se les presentaría por escrito el calendario de pagos para 2014, que recibirán la próxima semana después de que se celebrase la comisión delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en la que se aprobaron las condiciones del FLA 2014, dotado con 23.000 millones de euros.

En la reunión, los representantes de la Generalitat dieron su visión de las finanzas de cara a 2014, así como el planteamiento del Ministerio de Hacienda para hacer frente a las deudas de las comunidades. Un escenario que, una vez fijadas las condiciones del FLA para 2014, implica que la procedencia del dinero para pagar las recetas de octubre provenga directamente del fondo de la Generalidad, con independencia de la entrada en vigor del fondo o no.

Así, la Generalitat se comprometió a pagar a final de enero los 118 millones de euros pendientes de pago (desde el 5 de diciembre) de la factura de octubre. ¿Cómo se pagarán el resto de las facturas? Los representantes de la administración catalana señalaron que la orden de pago será siempre el de la factura pendiente más antigua y se efectuará a finales de cada mes, coincidiendo con la entrada de dinero de la Generalidad. ¿Cómo se recuperarán entonces los 55 días de atraso? Según precisaron desde la consejería, la normalidad en los pagos será alcanzada por la Generalitat en base al pago comprometido por el Ministerio de Hacienda de 900 millones de euros del FLA extraordinario.

Una deuda de 226 millones

A día de hoy la deuda que tiene la Generalitat de Cataluña con sus farmacéuticos se eleva hasta los 226 millones de euros, correspondientes a las facturas de octubre (118 millones de euros) y noviembre (108 millones de euros).

Plan de pago

La Generalitat de Cataluña se comprometerá por escrito al abono de la factura de octubre el próximo 31 de enero, mientras que la correspondiente a noviembre sería abonada a finales de febrero. Es decir, con 55 días de retraso.

Recuperar el retraso

El compromiso de la administración catalana con los farmacéuticos es recuperar los 55 días de retraso en base al pago comprometido por el Ministerio de Hacienda de los 900 millones de euros de un FLA extraordinario.