La imagen pública de la industria farmacéutica está muy supeditada al rigor ético de sus relaciones con la Administración, los profesionales sanitarios y las agrupaciones de pacientes. Por este motivo, se hace importante tener un código de buenas prácticas que sirva para determinar qué es lo que se debe y no se debe hacer. Esta es una labor que ha asumido a la perfección la Unidad de Supervisión Deontológica de Farmaindustria, que trabaja con la mirada puesta en la mejora continua.
Así, según José Zamarriego, director de dicho departamento, “se está trabajando a nivel interno identificando nuevas necesidades de cara a la actualización de los códigos existentes”. “Ya hemos señalado algunas, aunque no se pueden revelar hasta que la aprueben los órganos de Gobierno de Farmaindustria”, manifestó a EG.
La actitud de Zamarriego denota una ambición sin límites. Y es que, el código de Farmaindustria es considerado por muchos como uno de los más avanzados del mundo. Una prueba de ello es que el nuevo código de buenas prácticas de la Federación Internacional de la Industria Farmacéutica (IFPMA) “no afectará en nada a la industria española, ya que todo aquello que viene incluido en el mismo lo lleva incorporado el documento de la patronal española”, confirmó Zamarriego.
Constancia internacional
Eso no quita para que dicho documento sea importante. A partir de ahora se tendrá constancia de los compromisos que asume la industria a nivel internacional en cuanto a la gestión de sus relaciones con los profesionales y las organizaciones sanitarias, las agrupaciones de pacientes y los medios de comunicación.
Entre las novedades más destacadas que introduce el nuevo código de la IFPMA, en cuya elaboración ha participado el responsable de deontología de Farmaindustria, destaca la ampliación de las relaciones que regula. Antes estaba muy reducido a la actividad de marketing. Asimismo, el nuevo código introduce una relación de ocho principios rectores sobre conducta y promoción éticas, que luego tendrán que ser traspuestos al ámbito nacional.
En el apartado de denuncias y sanciones incorpora la posibilidad de que cualquier persona física o jurídica interponga una queja, que será gestionada por una especie de tribunal de primera instancia y podrá ser apelada por la empresa denunciada.