alberto cornejo
Guadalajara
El Consejo de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Castilla-La Mancha ha calificado de “discriminatoria y sustentada en cuestiones ajenas al asunto que juzgaba” la reciente sentencia de la Comisión Nacional de Competencia (CNC), que declaraba “ilegal, al restringir la competencia” el establecimiento de turnos rotatorios para que las farmacias abastezcan de fármacos a los centros sociosanitarios. Este sistema estaba vigente desde junio de 2006, tras el acuerdo alcanzado entre la institución farmacéutica manchega y el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam).
“No podemos entender cómo la Comisión Nacional de la Competencia habla de conducta anticompetitiva en el caso de Castilla-La Mancha cuando en una anterior sentencia suya daba su visto bueno a este mismo sistema en la Comunidad de Madrid”, declara Tomás Martínez de Anca, presidente del Consejo de COF manchegos. Un dirigente que no se corta a la hora de calificar la sentencia: “lamentable”, afirma. Y es que, Martínez de Anca considera que “si nos ceñimos a la sentencia, y en base al derecho a la competencia que en ella se defiende, cualquier botica de cualquier zona de España puede suministrar a cualquier residencia del país, con o sin seguridad, sin rendir cuentas y sin tener en consideración criterios imprescindibles de proximidad o de calidad en el servicio”.
Cabe recordar que la resolución adoptada por Competencia insta tanto al Consejo que preside Martínez de Anca como al Sescam de “abstenerse de llevar a cabo esta práctica prohibida y anticompetitiva (…) con el fin de garantizar la participación en el suministro a residencias de todas aquellas farmacias que lo deseen”. Sin embargo, esta resolución no lleva aparejada sanción.
Regulación por decreto
Desde hace varios meses, tanto el Consejo de COF manchegos como el Sescam mantienen conversaciones para sacar adelante una normativa que regule “definitivamente” los depósitos de medicinas de los centros sociosanitarios. Una regulación que llegará a través de la elaboración de un decreto autonómico y que cobra mayor importancia una vez conocida esta sentencia de la CNC. Sin embargo, en la actualidad, según confirma el propio Martínez de Anca, el sistema de turnos rotatorios “sigue funcionando” en aquellas regiones manchegas donde las farmacias y las residencias así lo admiten, ya que la CNC no ha se ha pronunciado en este asunto por decisión propia sino a raíz de la denuncia de una farmacéutica de la localidad toledana de Noblejas.
Las intenciones de ambas partes pasan por que cada residencia tenga su depósito de medicamentos autorizado por la delegación de Sanidad de cada provincia, mientras que el futuro decreto se limitaría a definir los criterios de proximidad, eficacia o calidad del servicio necesarios para obtener dicha autorización. “Más allá de la sentencia de la CNC, es la propia Ley de Ordenación Farmacéutica de Castilla-La Mancha la que estipula la regulación a través de decreto de la atención a centros sociosanitarios”, recuerda el máximo representante de los farmacéuticos manchegos.