A pesar de la extensa corrección de errores, el RDL 16/2012 sigue conteniendo muchas imprecisiones
La semana pasada estuve en Bruselas, en el European Pharmaceutical Law Forum 2012. Me invitaron a participar en una sesión juntamente con un colega inglés y otro alemán para explicar las novedades que se han producido en nuestros países en el ámbito de la financiación pública de medicamentos. El día antes, un barrister inglés, de estos que sabe mucho, expuso su punto de vista sobre el desarrollo del derecho comunitario en materia de competencia y propiedad industrial. Se lamentaba de que la evolución de las normas en esta materia no ha sido smooth. Suerte que no se quedó a escucharme al día siguiente, cuando me tocó hacer un repaso de los últimos reales decretos-leyes y de otras medidas que se han adoptado recientemente en España. A los ingleses les gusta especialmente que las cosas se hagan con un cierto orden y con un tiempo adecuado.
Después de mi exposición, mi colega británico nos explicó que en el Reino Unido están revisando el sistema de financiación pública para modificar algunos principios básicos del mismo (cómo podría ser, en nuestro caso, el modelo de prescripción que se quiere adoptar). Estamos a mediados del 2012, y tienen previsto que las medidas que se adoptarán tras el debate que están llevando a cabo actualmente entrarán en vigor en el 2014. Cualquier parecido con lo que ocurre en España es pura coincidencia. No les quepa la menor duda que las normas inglesas, después del correspondiente debate, se ajustarán mejor a las necesidades de los ciudadanos y del resto de stakeholders, y que tendrán un nivel de calidad jurídica superior al que estamos viendo en España.
Aquí, hablando del Real Decreto-ley 16/2012, nos hemos quedado con un texto que, a pesar de la extensa corrección de errores, sigue conteniendo numerosas imprecisiones y planteando enormes dificultades prácticas para su aplicación. La ministra de Sanidad, Ana Mato, dijo en el Congreso de los Diputados, y tiene razón, que la publicación de una corrección de errores es una práctica habitual, pero en este caso la corrección ocupa nada menos que cinco páginas, incide sobre aspectos de gran relevancia, y sigue dejando muchas cuestiones sin resolver.
Además, cuando toque interpretar la norma y tengamos que echar mano de los antecedentes históricos y legislativos, que es lo que dice el Código Civil, nos vamos a encontrar con un problema Quien piense que para interpretar el Real Decreto-ley 16/2012 podrá encontrar apoyos en el debate que tuvo lugar en el Congreso de los Diputados el jueves 17 de mayo estará muy equivocado. El Diario de Sesiones recoge un debate que aportará muy poco o nada a la interpretación de la norma. Como dijeron algunos diputados, la importancia de los temas tratados aconsejaba una dinámica de trabajo distinta, la cual probablemente podía compatibilizarse con la urgencia del caso y que habría permitido una mayor finura en el tratamiento de algunas cuestiones.
Una lástima, en definitiva, que sus señorías no se animasen a tramitar el texto como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Al final, el Grupo Popular habría sacado adelante la reforma con sus votos, se hubiera dotado al proceso de mayor legitimidad democrática, se habrían podido debatir algunas propuestas de enmiendas; y con seguridad se habría logrado un texto de mayor calidad. También es posible que se hubiesen evitado algunos de los pleitos que se producirán y que generarán todavía más inseguridad jurídica.
@FausJordi en Twitter