La instrucción de un proceso ágil y rápido es imprescindible para evitar demoras burocráticas innecesarias
Hace un par de semanas este periódico se hacía eco de los obstáculos que todavía quedan por sortear antes de que pueda salir a la luz la nueva Directiva de Transparencia en materia de financiación pública y fijación de precios de los medicamentos. La revisión de esta norma comunitaria, absolutamente imprescindible para adaptar el proceso de decisión sobre el reembolso y precio de los nuevos medicamentos a los tiempos que corren, se ha topado con la oposición frontal de no pocos Estados miembro, quienes no ven con buenos ojos que se reduzcan los plazos para la adopción de dichas decisiones, y, muy especialmente, que las autoridades responsables de su adopción puedan ser sancionadas en caso de no cumplirlos.
Sobre este aspecto, considero que es preciso destacar que si bien resulta perfectamente legítimo que los Estados miembro puedan discutir la suficiencia o no de dichos plazos cuando se trata de adoptar una decisión que, en muchos casos, resulta bastante compleja, me parece muy alarmante y un tanto bochornosa esta resistencia por parte de los poderes públicos a que pueda exigírseles cuentas por la dejación de las obligaciones que les competen. Y este bochorno que me causa no se debe solamente a una cuestión meramente estética, que también, sino por cuanto revela una evidente falta de compromiso real por parte de dichas autoridades a la hora de hacer efectivas las previsiones de la futura directiva.
Por este motivo, estimo conveniente lanzar una pregunta al aire: ¿De qué sirve que se introduzcan plazos más breves en estos procesos si las autoridades nacionales que deben implementarlos no parecen darse por aludidas y ya anticipan que no los van a respetar? Sin un compromiso firme por parte de las autoridades a la hora de hacerlos efectivos la nueva directiva no será otra cosa que un simple papel mojado. Una mera declaración de buenas intenciones, y poco más, que sin duda no supondrá avance real alguno en este campo. Se trata de únicamente eso, ni más ni menos.
En este sentido, pienso que resulta conveniente decir que la instrucción de un proceso ágil y razonablemente rápido en esta materia no solamente es imprescindible para evitar demoras burocráticas innecesarias, que penalicen aún más a una industria sometida ya a una intensa presión. Además, considero que, ni mucho menos, debemos olvidar en este caso que hay en juego intereses aún más merecedores de protección, si cabe, cual es el derecho de los pacientes a acceder sin retrasos innecesarios a las nuevas herramientas que ofrece el arsenal terapéutico. Por ese motivo, considero, y así lo hago constar en estas líneas, que la cuestión no es ni mucho menos baladí. Hay que decir que en nuestro país, sin ir más lejos, algunos nuevos fármacos considerados imprescindibles siguen esperando una decisión de nuestras autoridades.
Llegados a este punto, debemos hacer una serie de reflexiones. Así, estimo que sería muy deseable que las autoridades de los Estados miembro que han encabezado esta oposición recordasen que el cumplimiento de las leyes no es un deber que atañe exclusivamente al administrado, sino que su observancia y el respeto a las reglas del juego por parte de los poderes públicos constituye la piedra angular de todo Estado llamado de Derecho. Por ello, estimo que, en definitiva, convendría que optasen por una posición más comprometida y responsable en este y otros terrenos. Porque no se pueda decir que se trata de una cuestión menor, ya que nos va mucho en ello.
@FausJordi en Twitter