| domingo, 15 de marzo de 2009 h |

Santiago de Quiroga

La primera impresión, que en ocasiones es la que cuenta, nos produjo un revolcón contra todo pronóstico: el abogado general es contrariado por el alto tribunal… pero hay matices importantes. Lo que el Tribunal de Luxemburgo ha dicho, al llevarle la contraria al abogado general, es que no puede discriminar a los solicitantes en función de su personalidad jurídica: si es así, se trataría de un agravio injustificable.

Es decir, si en España arquitectos y carniceros pudieran solicitar una farmacia —como en el caso de Irlanda, país en el que hasta los farmacéuticos pueden solicitar una farmacia— lo que dice Luxemburgo es que eso va en contra del artículo 43 y que no se justifica por “razones de salud”.

En Austria, las clínicas dentales son objeto de petición de aperturas por médicos o por empresas. Cuando son empresas les exige una serie de requisitos, que son límites a la libre implantación… cuando no son médicos los solicitantes.

Nunca dijimos que el camino acababa con el informe de Yves Bot, y la frase más escuchada es que una batalla no es la guerra. Que la desregulación estará en el futuro en la agenda de algunos comisarios europeos es algo que ya sabemos. Los líderes de la farmacia en España deben estar dispuestos a defender un modelo que la sociedad apoye —y ése es el verdadero activo de la farmacia en España—. Servicio y calidad es y será la clave.