Estima que con anular la orden que regía su concurso “ya se cumple” el fallo del TS
El TS tendrá que volver a pronunciarse al recurrir este auto el demandante original
redacción
S.C. de Tenerife
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado un soplo de aire a las farmacias amenazadas de cierre por la sentencia del Tribunal Supremo, en la que se declaraba nulo el concurso de 2001 por el que fueron adjudicadas, al emitir un auto en el que considera que con haber expulsado del ordenamiento legislativo autonómico la orden por el que se rigió el mismo, expulsión que tuvo lugar en 2004, puede “entenderse por cumplida” la sentencia del Tribunal Supremo.
Con dicho auto, el tribunal canario desestima las solicitudes de ejecución de sentencia planteadas por el demandante original y permite que, por el momento, los casi dos centenares de titulares afectados por la sentencia vean algo de luz en un proceso que parecía abocar al cierre de sus locales, al indicar el Tribunal Supremo en junio de 2009 que dicho concurso “debía dejarse sin efecto”. Esto, según la interpretación mayoritaria de las partes afectadas, obligaba a una nueva convocatoria en base a criterios legales y la nueva puesta en juego de esas farmacias.
Sin embargo, la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC consideró que no era pertinente solicitar la ejecución de la sentencia, pues ésta ya se vio satisfecha al derogarse la orden por la que se convocaron las bases del concurso de adjudicación de farmacias. Es decir, consideró que no era necesaria “ni la anulación del propio concurso en sí ni de las adjudicaciones que de él salieron”. Un razonamiento similar al de la Consejería de Sanidad canaria, que desde que se conoció el fallo del Tribunal Supremo estimó que no era necesario convocar un nuevo proceso.
La ‘pelota’ cambia de tejado
El auto del TSJC no será el capítulo definitivo del embrollo jurídico en el que está metido este asunto, ya que los representantes legales del demandante original, el farmacéutico Carlos Blesa, ya han anunciado la presentación de un recurso de súplica y otro ante el Tribunal Supremo en el que argumentarán que “el precedente nombrado en el auto nada tiene que ver con la solicitud de ejecución de sentencia, ya que en 2004 lo que se anuló fue un punto concreto de la convocatoria, mientras que el Supremo ha reconocido la nulidad de todo el concurso por defectos de forma”.
Así, reclamarán que la ejecución de la sentencia no puede darse por satisfecha con una declaración de nulidad, “sino que deben producirse hechos concretos como la repetición de la convocatoria o la indemnización al demandante”, indican.