El borrador de la nueva LOF de Madrid ya se puede consultar en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid. Este miércoles 17 de enero se ha hecho público el documento que pone el foco en la atención farmacéutica, la racionalización de horarios o las medidas para favorecer la sostenibilidad de la farmacia rural, entre otros asuntos, a lo largo y ancho de los 84 artículos en los que se vertebra.
Así se extrae del documento publicado en el que se defiende que la normativa que se está preparando conllevará, en cuanto a las oficinas de farmacia, modificaciones que perfeccionarán sus funciones potenciando su carácter asistencial y el papel de sus profesionales como agentes de salud, permitiendo una evolución de estos establecimientos acorde a la sociedad en la que se integra y a la que prestan servicio, proponiéndose entre otras medidas de flexibilidad de horarios de apertura.
En cuanto a la atención farmacéutica prestada por los servicios de farmacia, tanto de las estructuras de atención primaria como de especializada, el planteamiento de la nueva ley facilitará el tratamiento integral del paciente incluyendo mecanismos de coordinación y seguimiento fármacoterapéutico entre los distintos estamentos sanitarios y en relación a la atención farmacéutica en centros sociosanitarios, la nueva ley dotará a la Comunidad, de un modelo integrador que teniendo en cuenta las especiales necesidades de este colectivo incluya alternativas que mejoren la racionalización del gasto sanitario, sin que esto suponga una merma de la calidad de la atención sino todo lo contrario al incorporar también medidas homogeneizadoras de los contenidos de la atención farmacéutica que debe prestarse a los residentes en estos centros, garantizando, como no puede ser de otra manera, el principio de equidad en el acceso a la atención farmacéutica en esta etapa de la vida.
Asimismo se consolidará un modelo accesible a la ciudadanía y de alta permeabilidad social y garantizará un sistema de acceso a los profesionales interesados en la apertura de una nueva oficina de farmacia regido por los principios de equidad, transparencia y publicidad. Por otro lado, se van a incluir una serie de medidas que tengan en cuenta la singularidad de las oficinas de farmacia de las zonas rurales, de manera que preservando su relevancia como recurso sanitario permitan a los farmacéuticos titulares de las mismas mejorar la sostenibilidad económica de estos establecimientos.
Finalmente, en el documento publicado se refleja que la labor” in vigilando” de la Administración, se verá reforzada, con la actualización del capítulo de faltas y sanciones así como la adecuación de su cuantía.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid diciendo adiós a la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid, hasta ahora vigente.