La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) pide que la venta de productos de autodiagnóstico, entre los que se incluyen los test de embarazo o de COVID-19, no se limite exclusivamente a las farmacias. Así se desprende de un comunicado remitido por el organismo que regula los mercados, donde señala que la propuesta la hace desde la óptica de los principios de regulación económica eficiente, a la vez que realiza una serie de recomendaciones para mejorar el funcionamiento del sector en beneficio de los consumidores y de la salud pública.

Competencia aconseja replantear la medida y abrir la comercialización de estos productos a todos los canales de venta, tanto presenciales como online, que reúnan las condiciones requeridas. Del mismo modo, considera que el proyecto debería justificar mejor la exigencia de licencia a los dos nuevos supuestos (actividad de importación y de fabricación completa de productos para terceros), a la vez que plantea que se debería facilitar la renovación de las licencias a través de una declaración responsable en lugar de un nuevo proceso completo de autorización.

En cuanto a los requisitos para la obtención de la licencia previa de instalaciones y licencia de importación, el organismo recomienda concretarlos, ya que considera que “no orientan suficientemente a las empresas y otorgan a la autoridad pública un elevado grado de discrecionalidad”. Por último, respecto a la prohibición de subcontratar fuera del territorio español la fabricación de productos sanitarios para su uso exclusivo por el propio centro sanitario, la CNMC aconseja replantear esta medida restrictiva de acuerdo a la normativa europea de mercado interior, ya que estaría motivada por criterios de territorialidad y no de salud pública.

Asesoramiento al cliente

En relación con la información al consumidor, en la dispensación de esta clase de productos en las farmacias el asesoramiento solo se produce cuando el cliente lo pide expresamente. Además, la normativa obliga a que los productos contengan en el prospecto toda la información necesaria y suficiente y de modo comprensible para su correcta utilización e interpretación. No obstante, el consumidor siempre podrá obtener información cualificada de un facultativo, ya que siempre tendrá la opción de acudir a la farmacia para adquirir los productos.


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